Ahora sí se viene pesada la verificación vehicular. ¿Por qué?, se publicó una nueva norma para verificación de autos. Además, te contamos para quienes aplicará esta nueva verificación. Y para pasarla, checa las 5 reparaciones que debes hacerle a tu auto para pasar la verificación.
La Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la norma oficial mexicana NOM 236. Esta norma es relativa a la verificación de condiciones físico-mecánicas de los vehículos automotores, cuyo peso no exceda los 3.857 kg.
Ahora sí se viene pesada la verificación vehicular. ¿Por qué?, se publicó una nueva norma para verificación de autos. Además, te contamos para quienes aplicará esta nueva verificación. Y para pasarla, checa las 5 reparaciones que debes hacerle a tu auto para pasar la verificación.
La Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la norma oficial mexicana NOM 236. Esta norma es relativa a la verificación de condiciones físico-mecánicas de los vehículos automotores, cuyo peso no exceda los 3.857 kg.
“Dicha inspección técnica podrá realizarse en conjunto con otros programas o instrumentos que emitan las autoridades de cualquier orden de gobierno, como los programas de verificación ambiental periódica”, señala la normal.
Nueva norma de verificación de autos:
Los vehículos se someterán a inspección técnica según los intervalos siguientes:
- Autos de uso particular: a los cuatro años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo, y a partir de entonces, cada dos años hasta el noveno año.
- Vehículos de transporte particular: De 10 o más años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo, cada año.
- Vehículos de uso intensivo: Un año después de la fecha de su comercialización como vehículo nuevo; y a partir de entonces, cada año.
Elementos que se van a inspeccionar
Cabe destacar que de acuerdo con la nueva norma de verificación de autos, la inspección técnica comprende los siguientes elementos: carrocería y chasis, puertas, cofre, parabrisas y ventanas. Así como limpiaparabrisas, espejos o cámaras, soporte exterior de llanta auxiliar, asientos y sus anclajes, cinturones de seguridad, velocímetro y claxon.
Además de faros delanteros, luz de reversa, luces direccionales, luces de advertencia, luz de freno, luz de matrícula. Además de las luces de identificación, sistema de frenos, sistema de dirección, sistema de suspensión, motor y transmisión. Y para los vehículos que utilizan gas como combustible: depósitos fijos y canalizaciones.
Al final de la inspección, se entregará al propietario, legal poseedor o al conductor del vehículo automotor, constancia y reporte de resultado de la evaluación. Además, se considera que un vehículo cumple con la presente Norma Oficial Mexicana cuando no se presentan defectos o sólo se encuentran defectos leves y cumple con las disposiciones técnicas establecidas.
“El gobierno federal, por conducto de las dependencias en función del ámbito de competencia, así como los gobiernos locales podrán establecer programas de inspección vehicular o cualquier otro elemento jurídico para la evaluación de la conformidad de la presente NOM, definiendo en ellos las características de operación de los mismos”, señala el DOF.
¿Quiénes quedan exentos de esta verificación?
El documento señala que quedan exentos los vehículos con un peso bruto de diseño menor a 400 kg, a los empleados en labores agrícolas. Así como a los vehículos orientados para utilizarse en terreno montañoso o desértico. Además de vehículos especiales para zonas de playas y vías férreas.
También los vehículos matriculados como autos antiguos, los vehículos asociados a maquinaria dedicada para las industrias de la construcción y la minería. Así como quellos destinados exclusivamente a circular en vías confinadas como pistas de carreras, aeropuertos, pistas de go-karts, u otro campo de transporte similar.
Fuente: https://www.autoblind.com.mx
Imagen: https://www.planamayor.com.mx
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