La multa por no usar las direccionales al dar vuelta o cambiar de carril, en la Ciudad de México, es de hasta 962 pesos, según el reglamento de tránsito de la capital del país.
El artículo 8 del reglamento de tránsito de la Ciudad de México, establece lo siguiente:
Artículo 8: – Los conductores de todo tipo de vehículos deben:
VIII. Indicar la dirección de su giro o cambio de carril, mediante luces direccionales, en caso de vehículos no motorizados, podrá indicarse mediante señas;
Los conductores de vehículos motorizados que infrinjan la presente disposición serán sancionados con una multa equivalente a 5, 7 o 10 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente y tres puntos de penalización a la licencia para conducir o en caso de infracciones captadas a través de sistemas tecnológicos se sancionará con un punto a la matrícula vehicular.”
El monto equivalente en pesos, sería de 481, 673 y 962 pesos, respectivamente. El valor del UMA en 2022, según el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi), es de 96.22 pesos.
Adicional, como lo menciona el reglamento, se penalizará con tres puntos a la licencia de conducir, y en el caso de que la infracción haya sido captada por medio de sistemas de tecnología, sancionarán con un punto a la matrícula del auto.
Otra multa relacionada por no usar las direccionales, se indica en la parte IX del mismo artículo:
Reducir la velocidad para conservar una distancia prudente y permitir el movimiento, cuando otro vehículo pretenda incorporarse a su carril y éste lo ha indicado con las luces direccionales.”
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